Examine Este Informe sobre decreto 040 de 2022
El Tribunal Constitucional ha claro que esa situación de extraordinaria y urgente indigencia puede deducirse «de una pluralidad de medios», entre ellos, los que quedan reflejados en la exposición de motivos de la norma» (STC 6/1983, de 4 de febrero).En primer lugar, debe atenderse a la verdad social y económica de los hogares en el flagrante